Otro derecho constitucional inalienable: el derecho a prostituirse

Derecho constitucional a prostituirse

Hagamos de la Legislatura un puticlub

 

Una de las grandes deudas pendientes de la sociedad santafesina: legalizar la prostitución y establecer controles laborales y sanitarios.
Si el gobierno quiere hacer socialismo, si el Frente quiere honrar su adjetivo de ‘Progresista’, es hora de que envíen un proyecto de ley al respecto.

“—¿Usted cree que una mujer se mete puta por gusto? ¿No será que no tiene a dónde ir porque la corren de todas partes como si fuera leprosa? ¿Usted cree que la comida cae de los árboles y es para quien la agarre?” (Marta la Portuguesa, en ‘Mazurca para dos muertos’ de Camilo José Cela)

El Código de Faltas de la Provincia de Santa Fe (ley 10703), pese a algunas interesantes modificaciones que se aplicaron durante la segunda gestión Obeid, sigue reprimiendo la prostitución.
Ya no se pena la prostitución en sí, pero se sigue penando la oferta de sexo, en público o en locales abiertos al público.
Así, su artículo 87 regula el tema:
“El que se ofreciere públicamente a mantener relaciones sexuales por dinero o promesa remuneratoria (…)
o que en lugares públicos o locales de libre acceso hiciere manifiestamente proposiciones deshonestas u ofreciere relaciones sexuales con otras personas
será reprimido con arresto hasta treinta días.”

Recordemos que el Código de Faltas es una suerte de ‘código penal provincial’ que impone penas a aquellas conductas que no están previstas en el Código Penal Nacional.
Entonces, en Santa Fe, las chicas y las travestis que en la calle ofrecen su cuerpo por dinero, están cometiendo un delito castigable con 30 días de cárcel.
La misma pena cabe a las chicas que lo hacen en los bares y cabarets de la ciudad (incluso en los que son de propiedad de funcionarios radicales).
Sabido es que la prohibición de la prostitución no sirve para nada, ya que a la luz del día, y a la entreluz de la noche, vemos permanentemente recorrer las esquinas mejores ‘vidrieras’ por mujeres que ofrecen sus servicios sexuales sin impedimento alguno.
Y, como siempre enseñamos, la peor ley es la que no se cumple, porque eso acarrea en la ciudadanía una convicción contraria a la obediencia general de las normas.
Pero además es de público conocimiento que la prohibición de la prostitución acarrea serios problemas de importancia jurídica:
1- Imposibilidad de establecer un control sanitario sobre las trabajadoras sexuales, con lo cual se extienden las enfermedades de transmisión venérea
2- La sanción efectiva pasa a depender de la captación policial, con lo cual las trabajadoras sexuales se ven permanentemente coaccionadas para pagar el silencio de los agentes del orden
3- Imposibilidad de controlar en qué condiciones viven y se desempeñan, y cuánto ganan estas trabajadoras.
4- Imposibilidad de establecer mecanismos serios de reinserción en otros empleos para aquellas que quieran hacerlo
No todos estos puntos son compartidos por las asociaciones que representan a las trabajadoras sexuales (abajo transcribimos algunos de sus principios).
Lo que debe quedarnos claro es que la sanción de la prostitución es absolutamente inconstitucional.
Y que, por ello, cualquier ciudadano puede presentarse ante un juez y pedir que se nulifique el artículo 87 del Código de Faltas de la Provincia de Santa Fe.
Nuestra Constitución Nacional, en su artículo 19, establece el principio de intimidad o privacidad, del siguiente modo:
“Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados.”
La correcta interpretación del principio (propugnada por Nino) indica que sólo puede el derecho analizar conductas que de algún modo perjudiquen a un tercero de manera directa.
Esto significa que una conducta sólo puede delito si afecta de modo concreto a un tercero.
Y la prostitución, que es un acuerdo libre entre dos personas, de ningún modo causa daños concretos a nadie.
Sí deben ser punidos los acosos, las violaciones, el sometimiento a servidumbre, que te obliguen a prostituirte, etc.
Pero el libre trato entre dos personas por el que una ofrece sexo a cambio de un precio es absolutamente lícito.
Durante la campaña, y en todos sus principios, el partido hoy gobernante se juramentó a favor de los derechos de las trabajadoras sexuales, de su mejor calidad de vida y labor. Sin embargo, a un año de gobierno, no ha enviado un solo proyecto a la Legislatura que mejore la situación de estas trabajadoras, ni que las proteja de la intemperie normativa en que viven.
¿Si nos parece mal que una persona haga de su sexo un oficio? No importa en verdad nuestra valoración sobre ello, ni la opinión de nadie.
Ni sobre la prostitución, ni sobre el cartoneo, ni sobre los zanjeros, ni sobre los obreros de las poceras, ni sobre tantos otros oficios.
El país debe ofrecer alternativas de empleo digno a todos sus habitantes, pero ellos pueden elegir lo que deseen. El problema está cuando no pueden elegir, porque no hay trabajos mejores sin afectación de la propia dignidad.
Y que cambie la suerte en el puticlub…

NOTA RELACIONADA:
EL PECADO NO ES DELITO

“…Vuela que no te alcancen buitres de barro, esos que solamente tiran el carro… 840… Hay que borrarlos…” (Horacio Guaraní, ‘La Villerita’)

 


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PRIMER CONSULTA NACIONAL DE TRABAJO SEXUAL,
VIH/SIDA Y DERECHOS HUMANOS
20 y 21 de Agosto de 2008
Documento de Recomendaciones al Estado
1) Violencia, Estigma y Discriminación
RECOMENDACIONES:
Derogación a nivel municipal y provincial de los códigos contravencionales y toda legislación que criminaliza a las trabajadoras y trabajadores sexuales. Para esto:
Participar en los próximos meses de una reunión del COFESA (Consejo Federal de Salud) para explicarles porqué deben tomar como política de Estado la derogación de los Códigos Contravencionales.
Trabajo articulado entre las organizaciones y Jefes de Programas Provinciales de Sida para lograr la derogación de los Códigos Contravencionales.
Que el Ministerio de Salud de la Nación recomiende a los Ministerios de Salud de las provincias que apoye la derogación de los artículos contravencionales que criminalizan a las trabajadoras sexuales.
Que en el plazo de un año el Ministerio de Justicia enfatice en forma directa a todas las provincias por tercera vez implementar el Plan Nacional Antidiscriminación que recomienda la derogación de los códigos contravencionales
Que el Estado reconozca en legislaciones, resoluciones y disposiciones nacionales, provinciales y municipales el respeto de la identidad de las personas trans en todas las áreas (salud, educación, sistema judicial y administrativo del Estado).
Sanción de una ley nacional y leyes provinciales de respeto de la identidad de género
Participación de las trabajadoras sexuales mujeres y trans en las comisiones y foros existentes en los organismos de derechos humanos del Estado o creación de comisiones específicas donde no las haya.
Sensibilización a los agentes de salud para lograr una atención con respeto de los derechos humanos, de la identidad de género, sin estigma ni discriminación. Que estén los recursos para que existan programas de sensibilización.
Inclusión de la perspectiva de las trabajadoras sexuales, tanto en la definición de políticas públicas como en los programas de salud y reconocerlas veedoras de su implementación. Que esta perspectiva y políticas específicas incluyan a todos los ministerios nacionales: Salud, Justicia, Desarrollo Social y Eduación.
Capacitación para las trabajadoras sexuales para que podamos defender nuestros derechos en forma igualitaria.
2) Condiciones de Trabajo
RECOMENDACIONES
Reconocimiento por parte del Ministerio de Trabajo del trabajo sexual como trabajo autónomo; esto es, sin proxenetas, para acceder a derechos básicos de todo trabajador/a como: obra social, aporte jubilatorio, acceso al crédito acreditando nuestra verdadera actividad, etc.
Reconocimiento gremial para las organizaciones como sindicatos de trabajadoras sexuales por parte del Ministerio de Trabajo.
Que el Ministerio de Justicia mandate a la Policía Federal para el cese de la persecución a trabajadoras sexuales.
Que el Ministerio de Justicia recomiende a todas las provincias la derogación de los edictos policiales y códigos contravencionales que sirven de excusa para la persecución policial de las trabajadoras sexuales mujeres y travestis.
Que las legislaturas provinciales deroguen Códigos Contravencionales y Edictos policiales que criminalizan a las trabajadoras sexuales mujeres y travestis.
Libertad de trabajo: eliminación de las “zonas rojas” obligatorias.
Reinstalar ante el Poder Judicial y ante el Parlamento nacional y las legislaturas provinciales la existencia de penalizaciones al proxenetismo, para que se hagan efectivas, ya hoy se persigue a la trabajadoras sexuales y no a los proxenetas
Reconocimiento desde el Ministerio de Trabajo de las cooperativas de trabajadoras sexuales, donde no existen proxenetas.
Inclusión de las trabajadoras sexuales en la Comisión de Trabajos Informales del Ministerio de Trabajo, o bien en otros espacios que permitan avanzar en el reconocimiento del trabajo sexual como trabajo.
Una persona trabajadora sexual mujer o trans que vive con VIH tiene derecho a seguir trabajando: es decir ejerciendo el trabajo sexual.
Que ministerios, agencias de Naciones Unidas y de cooperación reconozcan el trabajo de campo de las trabajadoras sexuales como trabajo, con salarios equivalentes a los del personal técnico de los proyectos y programas.
3) VIH/Sida
RECOMENDACIONES:
Que el Ministerio de Salud provea una resolución inmediata de los problemas de logística que impiden que los preservativos, vacunas y otros insumos lleguen en tiempo y forma a todo el país (tema que debe incluirse en la agenda de las reuniones del Programa Nacional de Sida con los programas provinciales).
Eliminación de la libreta sanitaria que hoy muchas provincias exigen para el ejercicio del trabajo sexual y que obliga a los exámenes compulsivos de VIH, lo cual es violatorio de la Ley Nacional de Sida, que además establece la confidencialidad de los resultados.
Generar circuitos de atención dinámicos y universales para que nos atiendan todas las especialidades y no sólo nuestros genitales (hoy no llegamos a los hospitales, o sólo nos derivan a hacernos el test de VIH: necesitamos ginecólogos, proctólogos, pero también servicios psicología y toda )
Creación de Centros de Salud Integral públicos, sensibilizados en atención a trabajadoras sexuales y con horarios amplios, que repliquen la experiencia del Centro de Salud Sandra Cabrera de La Plata.
Elaboración desde el Programa Nacional de Sida una Guía de Atención de Salud Integral para mujeres trabajadoras sexuales y trabajar en todo el país con la Guía de Atención para Población Trans.
Fortalecer a los Programas Provinciales de Sida, convirtiéndolos en direcciones, que son estructuras más estables, dotándolas de presupuestos propios y una logística eficaz.
Que el Ministerio de Salud de la Nación recomiende a todas las provincias replicar la resolución sobre atención con respeto de la identidad de género sancionada en Ciudad de Buenos Aires y provincia de Buenos Aires.
Diseño de un formulario de denuncias para las situaciones de malos tratos, discriminación, falta de atención en los servicios de salud.
Comprometer al Estado y a los programas Nacional y Provinciales de Sida en la sensibilización a los agentes de salud, educación y seguridad de todo el país e involucrar a los sindicatos de los trabajadores de la salud. Que esta sensibilización incluya derechos humanos ycomprensión de lo que son estigma y discriminación.
Consejería de trabajadoras sexuales pares e inclusión de las Consejeras en los equipos de salud.
Inclusión en la formación universitaria de los estudiantes de medicina temáticas ligadas a trabajadoras sexuales y personas trans.
Generar el compromiso de realizar reuniones entre las organizaciones y los programas provinciales en cada provincia y apoyar la formación en trabajo intersectorial.
Cuadro epidemiológico específico de la población trans, dado que en la actualidad la mayoría de los estudios incluyen a las trans como “hombres”.
Participación de las trabajadoras sexuales mujeres y trans en la definición, realización y análisis de los estudios o investigaciones sobre nuestras poblaciones.
Pases en transporte local porque la distancia de los centros de referencia es una barrera en el acceso a la prevención y atención.
Que en los hospitales públicos las personas trans que así lo deseen puedan acceder a las operaciones de cambio de sexo y tratamientos hormonales.
Participación de las trabajadoras sexuales en: Comités de Ética y en los equipos de salud.
Garantizar que los lineamientos que se dan en el Estado Nacional lleguen a las provincias.
Fortalecer a las ONG involucradas en la temática.
Y por último:
Creación de una Comisión de Seguimiento del cumplimiento de las recomendaciones surgidas de esta Consulta, conformada por Ministerios nacionales, organismos de derechos humanos, INADI, Agencias de Naciones Unidas, AMMAR y ATTTA.