UNO A CERO PARA LA JUSTICIA



Finalmente, Robustelli  desplazó a López y a Cullen

 

EL JUEGO DE LA SILLA

 

Compartimos a continuación algunos de los reportajes y notas que nos hicieron estos días con motivo de la sentencia que confirma judicialmente que la banca de Diputada fue correctamente asignada a Mariana Robustelli.

La sentencia completa puede leerse AQUÍ

y nuestra nota principal con los antecedentes y escritos, ACÁ

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UNA FLOR
La sentencia en la causa López c/ Cámara de Diputados
(Robustelli) es un hito jurisprudencial en materia de derechos políticos de las
mujeres y de mecanismos de inclusión en los órganos representativos.
Por primera vez en Argentina, desde la reforma constitucional
de 1994, se ha consagrado el principio de que el cupo femenino es un principio
constitucional, una garantía institucional, que debe prevalecer frente a
cualquier otra norma meramente operativa como son las normas electorales.
Quienes desde siempre alentamos el mecanismo del tercio de
mujeres en todos los órganos sabemos que esta batalla cultural ha sido exitosa
y cada vez más mujeres están en lugares de decisión.
Pero, como quedó en claro esta vez, aún hay baches que
reparar.
El caso López, con el patrocinio del veterano colega Iván
Cullen, responde a otra época de la política, previa a 1946, e intenta mantener
abierto un debate que el mismo Cullen dio en la Convención Reformadora contra
el cupo femenino.
Los constitucionalistas llamamos a estos fallos ‘leading
cases’ (casos que iluminan) porque marcan caminos para los cambios en las
conductas de los poderes públicos, y por sobre todo en las conciencias
ciudadanas.
Si las mujeres son cada vez más partícipes, seremos cada vez
más iguales, habrá menos violencia y más progreso.
Gran parte de la historia del país se fragua en estos temas.
‘Robustelli’ es una flor que hará primavera en el paisaje
político.
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EL DIA DE LA
MUJER
A dos semanas del 8 de marzo, en la Provincia de Santa Fe, y
en todo el país, se vive una fecha histórica: el 19 de febrero de 2014 el
Juzgado santafesino que tenía el amparo promovido por Julio López con el
patrocinio de Iván Cullen resolvió que la banca de Silvia De Césaris quedaba
definitivamente en manos de Mariana Robustelli.
En efecto, tras casi medio año de discusión, la jueza de
distrito Marín resolvió que la decisión del 15/08/14 por la cual la Cámara de Diputados decidió
‘saltear’ a Julio López y a Gabriel Prieto para asignarle la banca a Mariana
Robustelli, fue constitucionalmente válida.
La jueza en su decisión (de sustanciosas 41 carillas) se
muestra convencida de los argumentos traídos por el constitucionalista de
ciudad de Santa Fe, Domingo Rondina, quien tuvo la delicada tarea de defender a
la Cámara de
Diputados Provincial, patrocinando a su presidente Rubeo.
Básicamente el decisorio sostiene:
*que la
Cámara de Diputados tomó una decisión formalmente
irreprochable (en cuanto a que tiene las facultades para hacerlo, y en cuanto
al procedimiento adoptado, así como al resultado de las votaciones)
*que la
Cámara de Diputados interpretó de una manera válida la ley de
cupo femenino, priorizándola por sobre el mero corrimiento de nómina que
establece la ley electoral, la cual debe siempre sujetarse al respeto de normas
superiores, en este caso la Constitución
Nacional
*que el cupo femenino debe asegurarse en casos como el
presente: cuando el ingreso de un suplente varón provocaría que se vulnere el
piso mínimo de un tercio de mujeres en las bancas
El caso resulta trascendente ya que por primera vez en
Argentina se deja en claro que el cupo femenino es una supra norma electoral,
que infiltra todas las decisiones preelectorales, electorales, y al momento de
conformarse los órganos colegiados, tanto al inicio de los mandatos como en las
suplencias.
Casos similares que se plantearon en el Congreso Nacional y
en distintas provincias, tanto en Legislaturas como en Concejos Deliberantes, ahora
tienen un precedente de enorme importancia y llamativa profundidad teórica.
Finalmente la banca dejada por Silvia De Césaris seguirá
teniendo ‘perfume de mujer’.
IMPORTANTE
El compromiso asumido por el Presidente de la Cámara de Diputados, Luis
Daniel Rubeo, con el cupo femenino, fue decisivo en el caso. Dice la sentencia
en el primer párrafo de los considerandos que la decisión adoptada fue
claramente sostenida y defendida por dicha autoridad. Y destaca que la
interpretación del cupo defendida por Rubeo es la única válida
constitucionalmente.
EL TEXTO
En la página de Derecho Constitucional del Dr. Domingo
Rondina puede leerse el fallo completo: http://www.domingorondina.com.ar/2013/09/cupo-femenino-no-solamente-electoral.html

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PERIODISTA: ****Qué
opinión tiene del fallo?
>
### DOMINGO RONDINA: —- El
fallo es excelente, extenso y muy bien fundado. Son 41 páginas donde la jueza
analiza lo planteado por Julio López con Iván Cullen y rechaza todos sus
argumentos. La jueza toma muy en cuenta lo planteado por Rubeo con patrocinio
de Domingo Rondina y por Robustelli con patrocinio de Pisarello.
El decisorio primero
analiza la personalidad de la Cámara de Diputados representada por Rubeo, y
dice que con ella ha de seguirse el juicio, y no con la Fiscalía de Estado
Provincial que quiso intervenir en la causa, por lo tanto las opiniones que
sostiene Rubeo con patrocinio de Rondina son las que valen frente a
López/Cullen.
En segundo lugar dice que
el trámite dado para la incorporación de Mariana Robustelli a la Cámara fue
formalmente impecable. Sólo si hubiese habido deficiencias formales la jueza
podría meterse en el caso, pero que al verificar que no hubo ninguna
deficiencia convalida todo lo actuado.
En tercer término analiza
el fondo de la cuestión: si el cupo femenino, como dice Cullen, sólo es una
formalidad que se cumple al armar las listas, o si bien, como dicen
Rubeo/Rondina y Robustelli/Pisarello el cupo debe respetarse también al formar
los órganos colegiados. Y la jueza resuelve que el cupo femenino es una norma
supra electoral, emergente de la Constitución Nacional, y que debe sobreponerse
a toda norma meramente procedimental local como son las normas electorales.
En síntesis: la jueza
entiende que en casos como este, donde el piso mínimo del tercio de mujeres
corre riesgo, es razonable saltear postulantes varones como se hizo el
15/08/2013.
PERIODISTA: ****Esto es
definitivo o López tiene otra instancia de reclamo?
>
### DOMINGO RONDINA: —- López
puede apelar a la Cámara Civil, luego a la Corte Provincial, a la Corte
Nacional y finalmente ante la Corte Interamericana.
De todos modos en materia
de amparo la sentencia de primera instancia es decisiva porque fija las
cuestiones de debate, limita los argumentos, y reduce los términos de
fundamentación. Asimismo, habiendo sentencia de primera instancia, si fuese
revertida en alguna superior, sigue vigente la de primera instancia hasta que
termine todo el itinerario. En síntesis, sería bueno que López reflexione sobre
la herencia cultural que quiere dejar oponiéndose sucesivamente a la
incorporación de las mujeres en la política, y acepte las decisiones tanto de
la Legislatura como de la Justicia.
PERIODISTA: ****Es un
avance en cuestiones de género este fallo? Por qué?
>
### DOMINGO RONDINA: —- El
avance se dio en la reforma constitucional de 1994, que consolidó
constitucionalmente un cupo que las leyes nacionales habían establecido. Luego
se van produciendo filtraciones culturales en la cotidiana aplicación de la
norma, las que van consolidando la convicción ciudadana de que todos los
sectores deben participar del gobierno. Los avances son lentos pero sostenidos:
la militancia de las mujeres, los libros que se escriben, las sentencias que se
dictan como ésta, van modificando la forma de actuar de los poderes públicos y
las convicciones de la sociedad. Si más mujeres gobiernan habrá más igualdad y
con ella habrá menos violencia doméstica y habrá más progreso social.
A mí me motivó a tomar la
causa, estudiarla intensamente y trabajarla profundamente ver la militancia
ferocísima y permanente de Mariana, y pensar en que mi hija reciba una Santa Fe
mucho más inclusiva que esta.
PERIODISTA: ****Cómo
podría evitarse llegar a estos casos?
>
### DOMINGO RONDINA: —- Los
políticos deben convencerse de que este es el criterio que los jueces
sostendrán siempre que pasen casos similares. Cuando acepten eso, se ocuparán
de asegurar los cupos mínimos para la participación gubernamental de las
mujeres. Dictar más leyes no hace falta, sí quizás mejorar las que existen, en
especial la electoral santafesina que debe ser más clara respecto al
corrimiento.
En especial para evitar
una práctica lamentablemente usual consistente en presionar a la renuncia de
las mujeres electas para que las reemplacen varones que la siguen en orden de
lista.
PERIODISTA: ****Y sienta
jurisprudencia a nivel Nacional?
### DOMINGO RONDINA: —- Es
el primer caso en que se resuelve claramente la prevalencia del cupo femenino
por sobre las normas instrumentales electorales. Es lo que los
constitucionalistas llamamos un ‘leading case’, un caso que ilumina al resto.
Servirá para los órganos nacionales, y servirá en muchas provincias (como
Tucumán que está por resolver un caso similar), tanto en las legislaturas como
en los concejos deliberantes.
Recomiendo leer todos los
escritos de ambas partes, y la sentencia, aquí:
http://www.domingorondina.com.ar/2013/09/cupo-femenino-no-solamente-electoral.html
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El día en que la Cámara convalidó a la Cámara
El 1º de julio de 2014 quedó
definitivamente sentada en su banca la diputada provincial santafesina Mariana
Robustelli.
Ese día la sala tercera de la Cámara de Apelaciones en lo
Civil de Santa Fe dictó su sentencia confirmando lo que a favor de Robustelli
había decidido la primera instancia.
De este modo, por la dinámica
procesal propia de la acción de amparo, se puede decir que hasta el 10 de
diciembre de 2015 la joven dirigente justicialista seguirá sentada en la banca
que antes ocupó Silvia De Césaris.
Como recuerdan los lectores
el 15 de agosto de 2013, la
Cámara de Diputados debía resolver quien ocuparía la banca de
la fallecida diputada y dirigente de UPCN.
Por el simple orden de lista
dentro de la nómina del PJ aparecían los Sres. López y Prieto antes de la Srta. Robustelli.
Pero, tras analizar,
dictaminar y debatir en el recinto, la mayoría de los diputados provinciales
votó a favor de incluir a la Srta.
Robustelli y rechazar la petición de ingreso de Julio López.
Con una decidida
participación del presidente de la Cámara
Daniel Rubeo, se debatió fuertemente la situación grave en
que quedaría el órgano si se seguía el mero orden de lista: habría menos
diputadas que el 30% que manda la ley nacional, receptada como regla general
por la reforma constitucional de 1994.
Hasta la vacancia anterior la
incorporación de varones (Tessa por Bielsa) no había horadado ese piso mínimo. Pero
con la inclusión de un varón en este caso quedaría demasiado reducida la
participación femenina en Diputados.
Así se resolvió incorporar a
Robustelli y dejar pendiente a López para la próxima vacante que pueda ocurrir.
Asistido por Iván Cullen el
Sr. Julio López interpuso una acción de amparo ante la justicia civil de la
capital provincial.
Allí defendieron la postura
de la Cámara
de Diputados su presidente Rubeo asistido por el constitucionalista capitalino
Domingo Rondina. También intervino Robustelli con asistencia del Dr. Pisarello.
Y la Provincia
de Santa Fe, pese al rechazo de todas las partes a su intervención ya que
contradecía lo expuesto por la misma fiscalía en causas anteriores.
El 19 de febrero de 2014 la
jueza Marín dictó sentencia rechazando el amparo de López en una extensa
resolución, y admitiendo principalmente los argumentos de Rubeo esgrimidos por
Rondina.
López apela esta resolución
con la firma nuevamente de Iván Cullen. Tras recibir los argumentos de Rubeo y
Robustelli, la Cámara
se aboca al estudio del caso.
Y finalmente rechaza el
recurso de López y confirma la resolución de la jueza Marín (puede verse
completo en www.domingorondina.com.ar).
Se basa en tres contundentes
argumentos:
·
la actuación
formal de la Cámara
de Diputados, el trámite dado al caso, esta vez fue irreprochable. A diferencia
de otros casos donde la justicia había intervenido en decisiones soberanas del
legislativo, basándose precisamente en deficiencias formales, esta vez dejan en
claro que no hay resquicio procedimental alguno por el cual la vigilancia
judicial pueda ejercerse. Indiscutible mérito de Rubeo, quien demuestra así ser
el primer presidente de Cámara desde 1983 que logra frustrar las intervenciones
judiciales sobre la misma.
·
los argumentos
expuestos por la mayoría de la
Cámara, tanto en el dictamen como en la votación, lucen
razonables (salteo solamente cuando el 30% estuviese en peligro). Y considera
que la interpretación constitucional realizada por Rondina en el caso es la
correcta. También aquí se salda una vieja discusión constitucional: la justicia
no puede meterse en una decisión soberana de otro poder salvo que los
argumentos utilizados hayan sido a simple vista injustos, discriminatorios,
delirantes.
·
la vía procesal
del amparo, elegida por Cullen, no resulta apta para esta discusión, ya que la Cámara de Apelaciones
considera que debió tramitarse mediante una acción de inconstitucionalidad.
También cuestiona el escrito de apelación por considerarlo confuso y erróneo.
Ahora a López le queda
intentar abrir el Recurso de Inconstitucionalidad ante la Corte Santafesina, lo cual
tramita primero ante la misma Cámara que acaba de sentenciar. Luego puede ir de
manera directa a la Corte,
y finalmente intentar llegar a la
Suprema nacional.
Pero por la dinámica propia
de la vía elegida por López (amparo) ninguna de las próximas instancias puede
desplazar a Robustelli hasta tanto no quede firme la última decisión, lo cual
puede llevar años.
El precedente resulta de
mucha importancia ya que es la primera vez en Argentina donde el Poder Judicial
acepta como constitucional un decisorio que sostiene la prevalencia del cupo
femenino por sobre cualquier norma electoral.

 

Bienvenido entonces el
precedente ‘Robustelli’.
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http://www.datasantafeonline.com/santa-fe/politica/1616-se-confirmo-que-la-banca-corresponde-a-robustelli.html

SE CONFIRMÓ QUE LA BANCA CORRESPONDE A ROBUSTELLI

PUBLICADO EL 03 JULIO 2014. EN POLÍTICA
El pasado miércoles, la Cámara de Apelaciones resolvió que la banca le corresponde a la diputada del Movimiento Evita, Mariana Robustelli. El abogado Domingo Rondina confirmó en “Una Mañana de Locos” esta decisión: “La cámara vio que se estaba cayendo el cupo femenino por debajo del 30%, entonces entendió que tenía que entrar una mujer“.
Rondina – FM 91.5
“En el día de ayer, la cámara resolvió que la banca le corresponde a Mariana Robustelli“, señaló el abogado. Y agregó: “Si llega a fallecer o renunciar un varón, López sigue siendo el primero en ingresar siempre y cuando no esté en peligro el cupo femenino“.

 

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http://www.ellitoral.com/index.php/diarios/2014/07/04/politica/POLI-02.html

LA PELEA POR EL CUPO FEMENINO
Robustelli se afianza en la banca
  • La Cámara Civil y Comercial confirmó la sentencia de primera instancia en la disputa por el lugar dejado vacante en Diputados por la muerte de Silvia de Césaris. Validan el pronunciamiento que tuvo la Cámara.
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Mariana Robustelli llegó por el cupo femenino y se integró al bloque del Movimiento Evita.
Foto: Cámara de Diputados
Mario Cáffaro
mcaffaro@ellitoral.com
Con el voto favorable de Estela Aletti de Tarchini y de Norah Echarte y la abstención de Armando Drago, la sala Tercera de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial desestimó el recurso de apelación presentado por Julio Roberto López contra la sentencia de primera instancia que confirmó en la banca de la Cámara de Diputados de la provincia a Mariana Robustelli en reemplazo de la fallecida Silva de Césaris y dejó firme la actuación de la propia Cámara.
Si bien López era a quien le correspondía ocupar la banca en el Frente Santa Fe para Todos por seguir en la lista, Robustelli hizo pesar en su momento la necesidad de mantener la representación del cupo femenino, postura aceptada mayoritariamente por la Cámara de Diputados en la sesión realizada el 15 de agosto del año pasado. López -patrocinado por el estudio jurídico de Iván Cullen- recurrió a la Justicia exigiendo el lugar y, en febrero de este año, la jueza Viviana Marín convalidó lo actuado por la Cámara Baja. “Por primera vez en Argentina, desde la reforma constitucional de 1994, se ha consagrado el principio de que el cupo femenino es un principio constitucional, una garantía institucional, que debe prevalecer frente a cualquier otra norma meramente operativa como son las normas electorales”, le dijo ese día al El Litoral el constitucionalista santafesino Domingo Rondina, quien patrocina a Robustelli.
La posición sentada por Marín fue ahora ratificada por la Cámara y todo parece indicar que López llevará el tema a la propia Corte Suprema de Justicia.
Rondina resumió lo ocurrido diciéndole a El Litoral que “la Cámara de Apelaciones rechazó los cuestionamientos de Cullen por López, indicando que: la actuación formal de la Cámara de Diputados fue correcta; que los argumentos de cupo femenino son atendibles y que la vía procesal elegida por López fue incorrecta”.
Algunos fundamentos
El tribunal recalca en los fundamentos de la decisión “que la petición de corrimiento formulada por López fue resuelta negativamente por la Cámara de Diputados por mayoría absoluta, fundándose para hacerlo en la interpretación que acordara a las leyes 12.367 y 10.802, actuando para así decidir como juez exclusivo de la elección de sus miembros y de la validez de sus títulos de acuerdo con la Constitución Provincial y las normas propias que regulan tal facultad. Al hacerlo la Cámara no se expidió por la ‘inegibilidad’ del reclamante sino que, por el contrario, la opción escogida -sin que hubiera obrado al hacerlo con arbitrariedad- no excluye de ninguna manera que el reclamante pueda ocupar en el futuro una próxima vacante”.
La ley 12.367 es la que instituyó el sistema de elecciones primarias abiertas, obligatorias y simultáneas en la provincia de Santa Fe mientras que la 10.802 es la que dispuso el cupo femenino en las listas electorales.
Luego, el Tribunal destaca -como el pronunciamiento de primera instancia- que ante dos postulantes, la Cámara de Diputados votó mayoritariamente por uno respetando el lugar para la fuerza política correspondiente.
El pronunciamiento además valida la actuación de la jueza Marín y desestima toda posibilidad de que haya agraviado a López. “Las interpretaciones obviamente discrepantes entre la juez y el apelante en relación al ‘cupo femenino’ o el ‘cupo territorial’, ponen en evidencia que el cuestionamiento lejos de descalificar los aspectos formales de la convocatoria y los dictámenes producidos, con su posterior legítima votación, se sustenta en cuestiones opinables que no revelan, por lo tanto, de una manera ‘ostensible, palmaria, patente’ la ilegalidad requerida para que un acto resulte impugnable por la vía del amparo”.
El dato
Cupo
Por cuestiones de turno, el respaldo a la actuación de la Cámara de Diputados en la Justicia estuvo siempre a cargo de mujeres. Vivian Marín es la titular del juzgado en lo Civil y Comercial de la primera nominación donde se tramitó el recurso y cuya decisión está expuesta en 42 carillas.
En la sala que le toca revisar la decisión, el voto favorable es de las dos mujeres que lo integran, Estela Aletti de Tarchini encargada de fundamentarlo, Norah Echarte adhiere mientras que el varón, Armando Drago, se abstiene sin hacer mayores consideraciones sobre su voto.
La clave
Alegría
A las pocas horas de conocida la decisión de la Cámara Civil y Comercial, el presidente de la Cámara de Diputados, Luis Rubeo, por redes sociales expresó “la alegría que me genera saber que, por un fallo de segunda instancia, se confirma la posición que tuvimos desde la Cámara para respetar y reivindicar el cupo femenino. Este antecedente sienta jurisprudencia a nivel nacional y es un orgullo saber que los derechos políticos de la mujeres son respetados en este espacio. La compañera Mariana Robustelli seguirá cumpliendo su tarea como legisladora y continuará representando a todos los santafesinos”. Finalizó señalando que “este fallo confirma que no fue una movida política como muchos dijeron, sino el ejercicio de un derecho”.

 

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http://www.lacapital.com.ar/politica/La-Justicia-provincial-ratifico-a-Robustelli-en-su-banca–20140706-0034.html

Domingo, 06 de julio de 2014  01:00 | Política

La Justicia provincial ratificó a Robustelli en su banca

Tras una apelación, la Cámara le dio la razón a Diputados, que otorgó la poltrona a la joven dirigente justicialista en razón del cupo femenino

En su lugar. Rubeo le toma juramento a Robustelli, que sucedió a De Césaris.
La diputada provincial santafesina Mariana Robustelli (PJ) quedó definitivamente sentada en la banca que antes ocupó Silvia De Césaris, luego de que el pasado 1º de julio la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil de Santa Fe confirmara un fallo de primera instancia en favor de la joven dirigente justicialista.
Para entender el valor de este fallo hay que remontarse al 15 de agosto de 2013, cuando la Cámara de Diputados tuvo que resolver quien ocuparía la banca de la fallecida diputada De Césari.
Por el simple orden de lista dentro de la nómina del PJ aparecían Julio López y Gabriel Prieto antes que Robustelli.
Pero, tras analizar y debatir en el recinto, la mayoría de los diputados votó a favor de Robustelli y rechazó la petición de ingreso de López.
Con una decidida participación del presidente de la Cámara, Luis Rubeo, se debatió la situación en que quedaría el cuerpo colegiado si se seguía el mero orden de lista: habría menos diputadas que el 30 por ciento que manda la ley nacional de cupo femenino.
Hasta la vacancia anterior, la incorporación de varones (Tessa por Bielsa) no había perforado ese piso mínimo. Pero con la inclusión de un varón en este caso quedaría demasiado reducida la participación femenina en Diputados, por lo que se resolvió incorporar a Robustelli.
López, asistido por Iván Cullen, interpuso una acción de amparo ante la Justicia civil.
Rubeo defendió la postura de Diputados asistido por el constitucionalista Domingo Rondina. El 19 de febrero de 2014 la jueza Viviana Marín dictó sentencia rechazando el amparo de López, admitiendo los argumentos de Rubeo.
López apeló esta resolución. Tras recibir los argumentos de Rubeo y Robustelli, la Cámara estudió el caso y confirmó la resolución de Marín (puede verse completo en www.domingorondina.com.ar).
La Cámara basó su resolución en tres argumentos:
Por un lado avaló la actuación formal de Diputados. Consideró que el trámite dado al caso “fue irreprochable”. A diferencia de otros casos, donde la Justicia había intervenido en decisiones del Legislativo, basándose precisamente en deficiencias formales, esta vez deja en claro que “no hay resquicio procedimental alguno por el cual la vigilancia judicial pueda ejercerse”. Mérito de Rubeo, quien se convirtió en el primer presidente de Cámara desde 1983 en frustrar las intervenciones judiciales sobre la misma.
Además, sostuvo que “los argumentos de la mayoría de la Cámara, tanto en el dictamen como en la votación, lucen razonables (salteo solamente cuando el 30 por ciento estuviese en peligro)”. También aquí se salda una vieja discusión constitucional: la Justicia no puede meterse en una decisión soberana de otro poder salvo que los argumentos utilizados hayan sido a simple vista injustos, discriminatorios, delirantes.
Finalmente, consideró que “la vía del amparo no resulta apta para esta discusión”, ya que la Cámara de Apelaciones considera “que debió tramitarse mediante una acción de inconstitucionalidad”.
Se trató de la primera vez que la Justicia acepta como constitucional un decisorio que sostiene la prevalencia del cupo femenino por sobre otra norma electoral.
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