JUSTAS Y JUSTOS

va llegando

Compartimos otra nota sobre el caso Robustelli, la cual fue publicada por varios diarios. Aquí El Litoral
Y nuestra nota sobre el fallo de la Corte aquí, y la principal sobre el caso AQUÍ
JUSTICIA
IGUALADORA
El 12 de Octubre de 2016 la Corte Suprema de Justicia de
Santa Fe puso fin al litigio caratulado López Julio c/ Cámara de Diputados, más
conocido como “Causa Robustelli”.
Recordarán los lectores que en el año 2013, al
fallecer la diputada De Césaris, la lista del Partido Justicialista debía
incorporar su reemplazo. Según el orden de la lista electa ese lugar
correspondía al Sr. Julio Roberto López.
Sin embargo, dos posiciones más abajo, se
encontraba la dirigente Mariana Robustelli, quien solicita ser incorporada, ya
que si se reemplazaba a la diputada fallecida por un varón no se respetaría el
30% de mujeres en las bancas.
El Presidente de la Cámara, Luis Daniel Rubeo,
desde lo que llamamos ‘la política de las convicciones’, motoriza la discusión
en las comisiones, y luego la votación en la Cámara.
Finalmente, la mayoría en Diputados resuelve
que debía incorporarse a Robustelli, salteando a los varones que la precedían,
para respetar el cupo femenino no solamente al armar las listas sino al formar
los cuerpos colegiados.
López, patrocinado por el constitucionalista
Iván Cullen, inició un juicio intentando la nulidad de la asunción de Mariana,
y que se le permita asumir a él. La defensa de la Cámara de Diputados fue
encomendada por Rubeo al constitucionalista Domingo Rondina, y la diputada
Robustelli fue patrocinada por el Dr. Juan Andrés Pisarello.
La jueza de primera instancia falló a favor de la Cámara de Diputados,
reconociendo que la opción era legítima. La Cámara de Apelaciones también consideró que era
constitucional la preferente incorporación de mujeres hasta asegurar el piso.
Desde 2014 el expediente quedó en manos de la Corte Suprema Provincial, la
que recién se pronunció con fecha 12/10/2016.
La
Corte
dice que el paso del tiempo ha hecho que la causa se ha vuelto abstracta porque
la diputada ya terminó su mandato, y prefiere no pronunciarse sobre el fondo
del debate.
Entendemos que no debió esquivar la discusión
ya que, como han señalado la Cámara Nacional
Electoral y la Corte,
este tipo de planteos políticos son cíclicos y permanentes, por lo cual hay
deber de pronunciarse para que sirva de precedente ante casos similares.
Pero también es cierto que la Corte, al rechazar la
demanda de López, deja en claro que no advierte ninguna violación importante a
derechos constitucionales del Sr. López, en cuyo caso se hubiera visto obligada
a resolverlo.
La
Cámara
de Diputados ganó el juicio. La actuación de Robustelli en su banca fue
confirmada. Pero lo más importante es que este fallo consolida una fuerte
tendencia en la política santafesina: debe asegurarse la participación política
de las mujeres en un plano de igualdad con los varones.
Así como Rubeo en su momento debió tomar esta
acción positiva para igualar, hoy Antonio Bonfatti y Carlos Fascendini están
ante el desafío irrenunciable de avanzar en la paridad de género en todas las
listas de cuerpos colegiados.
Este tipo de medidas que los
constitucionalistas denominamos “discriminación positiva” resultan muy útiles
para provocar un shock cultural en las sociedades, y deben establecerse por un
tiempo (20 años?) para que luego la comunidad demuestre si puede interactuar
sin necesidad de normas tutoras.
Porque podemos decir con toda certeza que los
problemas de integración y de violencia de género que sufrimos, tienen que ver
con las mujeres decidiendo que nos faltan.
La
Corte,
al dejar firme la constitucional decisión de la Cámara de Diputados sobre
Robustelli, está abriendo otro sendero en este valle penumbroso.